De algunas
conversaciones que he mantenido con gente mayor, y, así también, de las
variadas obras que alcancé a leer sobre el tópico, puedo concluir en que el
encarcelamiento de Juan Domingo Perón en la isla Martín García en la primera
mitad de octubre de 1945 se debió a la Ley de Asociaciones Profesionales que el
entonces coronel hizo sancionar el día 2 de ese mes y año a través del Decreto
Nº 23.852.
La Ley de Asociaciones Profesionales
le otorgaba a los gremios dos cuestiones fundamentales. Primero, reconocer la legalidad de cada entidad gremial, por ende,
darle resguardo jurídico a los trabajadores que, hasta ese 2 de octubre de
1945, no podían hacer reclamos de ninguna naturaleza porque tales reclamos eran
ilegítimos, nada los amparaba. Por eso, a partir de esa Ley, cada gremio pudo
pelear por zanjar su Convenio Colectivo de Trabajo, sus paritarias, por los
días que le correspondía de vacaciones a sus afiliados, el aguinaldo, etc.,
todo eso ante las autoridades gubernamentales competentes. En segundo término, la Ley establecía que, para fortalecer el poder
de los trabajadores, era imperioso que exista un único gremio por rama de la
actividad. Esto quería decir, que los metalúrgicos para ser más fuertes tenían
que estar nucleados en un único gremio de metalúrgicos, los rurales en un único
gremio relativo al campo, y así con todas las actividades laborales. De allí,
la conclusión que se tiene para el sindicalismo de cuño peronista de que “todos
unidos triunfaremos”, como reza en una de sus partes la Marcha Peronista, algo que también se relaciona con la más célebre
frase popular que dice: “La unidad hace a la fuerza”.
En tal sentido, ambos pilares de la
Ley de Asociaciones Profesionales no hicieron más que derrotar el tipo de
organización gremial que se adecuaba a las pretensiones de los regímenes de
tipo oligárquico/conservador, para quienes los gremios no eran merecedores de
tener derechos pues, para amedrentar su potencial, se los prefería organizados
por oficios. Así, dentro del ámbito rural, por caso, había que establecer un
gremio de alambradores, otro de esquiladores, otro de recolectores de manzana,
etc., en vez de uno solo que agrupara a todas esas actividades de campo que,
sin lugar a dudas, iban a ir con mayor peso a la hora de pelear ante las
injusticias o sus derechos.
Dicho esto, agregaré otra condición
que favorecía notablemente a los gremios merced a la Ley de Asociaciones Profesionales,
y que tiene que ver con que esta normativa les permitía a las entidades obreras
ser libres y autónomas, en razón de que ahora era una realidad el fuero sindical colectivo, lo mismo el fuero individual. La existencia de ambos
fueros quería significar, dicho por el propio Perón, “la inviolabilidad del sindicato”, es decir,
“En
un sindicato no puede entrar nadie. Sólo puede intervenir la central obrera,
pero no el gobierno ni ninguna otra autoridad. Es casi una
extraterritorialidad, y es la que ha permitido a los sindicatos ser libres y
totalmente autónomos.”[1]
Por esto mismo, es que los gremios han sido
organizaciones libres del pueblo con autonomía, y de ello la queja constante y
sonante del viejo orden oligárquico, subversivo y socialdemócrata para destruir
semejante osadía, que, como veremos, lo han intentado en las décadas
subsiguientes a septiembre de 1955.
El Senador Nacional (MC) Oraldo
Britos ha sostenido, en un escrito, las vicisitudes por las que ha transcurrido
la Ley de Asociaciones Sindicales a partir del golpe de Estado septembrino que
fuera comandado por el general Eduardo Lonardi.
“No
olvidemos –dice Britos- que Aramburu
en 1956 deroga el Decreto Ley 23.852/45, Onganía en 1966 la Ley 14.455/58,
Videla en 1976 la Ley 20.615/73, y finalmente la UCR, montada en una mal
llamada Ley 22.105/82 originada en la última dictadura militar, en 1984
pretendió controlar las organizaciones gremiales y sus obras sociales.”[2]
Pasando el limpio el párrafo
anterior, la primigenia Ley Nº 23.852 de
Asociaciones Profesionales fue derogada por el presidente de Facto,
teniente general Pedro Eugenio Aramburu, en 1956, haciendo ilegales a los
gremios e interviniendo militarmente la Confederación General del Trabajo
(CGT), que cayó en manos del capitán de Navío Alberto Patrón Laplacette. Luego,
tras el ascenso democrático de Arturo Frondizi a la presidencia de la nación en
1958, y con motivo del pacto que secretamente firmara con Juan Perón, se
sancionó la Ley Nº 14.455 de
Asociaciones Profesionales de Trabajadores que devolvía algunos derechos a
las organizaciones sindicales. A dicha Ley Nº 14.455 la mantendrá Arturo
Umberto Illia (1963-1966), pero sobrevenido un nuevo golpe de Estado, esta vez
a manos del general Juan Carlos Onganía, esa Ley es derogada una vez más, creando
una regresión en la vida institucional de los gremios a sus estadios de la
época oligárquica.
Al retornar el peronismo al poder en
mayo de 1973, el odontólogo Héctor José Cámpora hace sancionar la Ley Nº 20.615 de Derecho de las
Asociaciones Profesionales, la cual se verá firmemente aplicada, y
mejorada, por la Ley de Contrato de Trabajo (Nº 20.744) que se sancionó en
septiembre de 1974 bajo la presidencia de Isabel Perón. Sin embargo, ante el
advenimiento del Proceso de Reorganización Nacional (1976-1983), el teniente
general Jorge Rafael Videla derogó la Ley Nº 20.615 y, en cambio, sancionó y
promulgó, el 15 y 22 de septiembre de 1979, respectivamente, las modificaciones
pertinentes para quitarle derechos a los gremios en base al Artículo 5 del
Estatuto que regía para el gobierno
militar surgido mediante el golpe de Estado en 1976.
Al comentar el corpus de las
modificaciones que hizo el general Videla a la Ley Nº 20.615 que rigió desde
1973 hasta 1976, en su artículo 82 quedaba expresa la derogación de la misma,
mientras que en el artículo 5 se afirmaba que “Podrá existir en el ámbito nacional más de una federación por
actividad, oficio, profesión o categoría, sin superposición territorial”,
permitiendo, de este modo, la denominada “democratización” del movimiento
obrero y, por lo mismo, la quita de fuerza ante las exigencias de las entidades
patronales. Y en el artículo 8, se aclaraba que
“Las asociaciones gremiales de
trabajadores no podrán participar en actividades políticas, ni prestar apoyo
directo o indirecto a partidos, candidatos políticos o a quienes realicen
actividades políticas.”
Va
de suyo, que esta mordaza venía a endurecer la intervención militar de las
actividades de los trabajadores agremiados, pues con el Decreto 10 (“62 Organizaciones” – Prohibición de su
actuación) y la Ley Nº 21.270 (Confederación
General del Trabajo – Intervención – Bloqueo de fondos, cuentas bancarias y
bienes patrimoniales), ambas sancionadas y promulgadas el mismo 24 de marzo
de 1976, las expresiones e inquietudes del movimiento obrero organizado
quedaban seriamente dañadas y silenciadas.
Finalmente,
con el advenimiento de la democracia liberal en 1983, todos los partidos
políticos argentinos habían pactado que, cualquiera sea el vencedor de las
elecciones presidenciales, éste debía modificar las leyes sancionadas por la
dictadura cívico-militar surgida en 1976. Pero Raúl Ricardo Alfonsín Foulkes
incumplió el compromiso, por eso en 1984 tuvo la osadía de bregar por la
“democratización” del movimiento obrero, atenuando, acaso, lo dispuesto por el
general Videla unos años antes, mas restringiendo el poder y la organización de
los gremios nucleados en la CGT.
Fue
a través de Antonio Mucci, ministro de Trabajo del gobierno de Alfonsín
(diciembre 1983-mayo 1984), que propuso la llamada Ley de Reordenamiento
Sindical, el intento más serio que tuvo la UCR por quebrar al movimiento obrero
organizado. Al tratarse en la Cámara de Senadores de la Nación, el proyecto fue
rechazado por el bloque justicialista y por otros legisladores que se oponían a
la medida.
Sin
embargo, el sueño de dividir a los gremios para que dejen o mermen su
autonomía, su libertad y queden en inferioridad de condiciones ante la puja
eterna que sostienen contra los empresarios y las patronales, no está terminado
ni mucho menos. La última expresión en este sentido, provino de un personaje
que, justamente, ha surgido de las filas del pauperizado movimiento obrero de
fines del siglo XX y comienzos del XXI, muchos de cuyos dirigentes han devenido
en empresarios y han abandonado los principios y valores que le dieron razón de
ser. Hablo de Facundo Moyano, ex secretario general de SUTPA (Sindicato Único
de los Trabajadores de Peaje), a quien hemos visto envuelto en faenas de playboy, vida lujosa y cargada de
despreocupación, el mismo que en noviembre de 2013 y en el mismo mes de 2016,
esbozó su posición para “democratizar” –como lo pensó el socialdemócrata
gramsciano Alfonsín- al movimiento obrero. “La
democratización sindical va a contribuir a que se fortalezca el modelo sindical
argentino y la participación política de los trabajadores”, dijo el
diputado nacional Facundo Moyano en 2013. Y tres años más tarde, volvió a la
carga:
“…es muy importante poder iniciar este
debate que contribuye a la democracia sindical y que se tiene que dar en el
seno del Movimiento Obrero. Sólo los trabajadores pueden decidir cómo quieren
organizarse para defender sus intereses. La democracia sindical es un debate
necesario.”[3]
Reservo para el final, algo que por
ahí muchos desconocieron aunque imaginaron, y es que, durante el tercer y
último gobierno constitucional de Juan Domingo Perón, las organizaciones
involucradas en la subversión marxista pidieron, durante un Plenario de la
Juventud Trabajadora Peronista (JTP)[4]
celebrado en el estadio Luna Park en noviembre de 1973, la modificación de la
Ley de Asociaciones Profesionales… Si no me cree, vea la bandera de la imagen
que ilustra esta nota, donde leemos: “PLENARIO
SINDICAL PERONISTA PARA LA REFORMA DE LA LEY DE ASOCIACIONES PROFESIONALES”.
Esos mismos, fueron retratados del
modo que sigue por una publicación partidaria:
“Los
empeños de la JTP (volantes con textos coordinados, campañas de difamación,
mesas de “franeleo”, etc.) no alcanzaron a engrupir al pueblo que sabe que su
ley es la de Asociaciones Profesionales y que sus dirigentes son los que han
elegido en actos democráticos. En cambio a los de la JTP no los eligió nadie ni
tienen representatividad alguna. Son una minoría universitaria que intenta
copar ideológicamente al movimiento obrero organizado a través de la mejor
herramienta que tuvo Perón en estos 17 años: la Confederación General del
Trabajo, o como dijo Perón; la casa de la columna vertebral del peronismo.”[5]
Por eso, repasemos el listado: oligárquicos,
golpistas, subversivos marxistas, socialdemócratas, yuppies. ¿Qué tienen en
común? Su profunda aversión, desprecio y traición hacia lo mejor que tuvimos,
tenemos y tendremos en la República Argentina: los que trabajan.
[1] Canfalonieri, Orestes D. “Perón contra Perón”,
Editorial Antygua, Buenos Aires, agosto de 1956, página 15.
[2] Britos, Oraldo N. (2014). A 30 años del rechazo del Proyecto del Ley de “Reordenamiento Sindical”.
De http://escuelauatre.com.ar.
[3] Facundo Moyano:
“Lo que buscamos es democratizar el sindicalismo”. NCN Noticias Congreso
Nacional, nota del 11 de noviembre de 2016, https://www.ncn.com.ar/facundo-moyano-lo-que-buscamos-es-democratizar-el-sindicalismo.
[4] La JTP fue el brazo juvenil sindicalizado que
respondía a la terrorista Organización Montoneros.
[5] No pudo llenar
el Luna Park la JTP a pesar del apoyo universitario, Revista “El Caudillo
de la Tercera Posición”, Año I, Nº 1, noviembre 16 de 1973, página 14.
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